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GASTOS E IMPUESTOS PARA VIVIENDAS NUEVAS

La vivienda nueva está grabada con el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) al tipo del 7%, de forma que la cantidad a pagar por una vivienda nueva se verá incrementada en ese porcentaje sobre el valor de venta. Normalmente, ese 7% se abona con cada uno de los adelantos que se entreguen, en la parte que le corresponda. Si para el resto se va a suscribir una hipoteca, el IVA correspondiente a la parte del préstamo se entregará normalmente en un solo pago en el momento de formalizar la escritura.
Los locales de negocio que sean obra nueva tienen un tipo de IVA del 16%.


GASTOS E IMPUESTOS PARA VIVIENDAS DE SEGUNDA MANO

Los gastos e impuestos que deberá abonar cuando adquiera una vivienda de segunda mano son los siguientes:

Los impuestos
• El I.T.P.A.J.D. (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ) Se abona cada vez que se suscribe por ejemplo, un documento notarial. Su importe dependerá del precio de la vivienda que se haga constar en la Escritura Pública.

• El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la llamada "Plusvalía") grava la revalorización de la vivienda desde la última transmisión; la cuantía se calcula aplicando un porcentaje a la diferencia del valor de la vivienda entre la transmisión anterior y la que se ha realizado.
El abono de los posibles gastos de cancelación de cargas y gravámenes (por ejemplo, hipotecas... etc.), corresponde, salvo pacto en contra, al vendedor porque se originaron con anterioridad a la venta. Sin embargo, en los casos de subrogación de hipoteca, generalmente los gastos serán asumidos por el comprador.

Por otro lado, los gastos derivados del otorgamiento de escrituras públicas, se distribuirán según pacten las partes y a falta de pacto, serán de cuenta del vendedor.

También será necesario hacer frente a los gastos derivados de la inscripción de la escritura pública en el correspondiente Registro de la Propiedad.


GASTOS COMUNES EN VIVIENDAS NUEVAS Y USADAS

Son gastos comunes a la adquisición de viviendas tanto de primera como de segunda mano, los siguientes:
Los originados por el abono del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la ‘Plusvalía’)

• Los gastos que puedan derivarse por errores o defectos administrativos, bancarios o de domiciliación de pagos, que salvo que de ellos sea culpable el comprador, serán satisfechos por el vendedor.

• Los gastos de escrituras o Notaría.

• Los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.


 
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